Tramitación de Subvenciones

Consulta las ayudas y subvenciones disponibles

Ayudas Incea

¿Qué se incentiva?

Los proyectos o actuaciones que se incentiven se deberán encuadrar en alguna de los siguientes programas, que son comunes a ambas líneas:

Logo Incea

Programa I. Hidrógeno Renovable

Adaptación industrias para uso de hidrógeno.
Inversiones para fabricación de equipamiento y servicios para el H2, incluido el desarrollo de nuevos productos y procesos.
Actuaciones para la producción de hidrógeno renovable.
Aprovechamiento de energías renovables para la producción de hidrógeno renovable.
Implantación de Infraestructura de repostaje de vehículos de hidrógeno.

Disponible próximamente

Programa 2. Espacios Productivos

Inversiones para hacer más competitivos los espacios productivos.
Inversiones para habilitar espacios para la colaboración.
Inversiones para sostenibilidad.
Mejora de la eficiencia energética en los edificios o instalaciones de EELL.
Uso de EERR en los edificios o instalaciones de EELL.
Redes inteligentes y los nuevos modelos de negocio del mercado energético en los espacios productivos.
Soluciones de almacenamiento de energía.
Infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos.

Disponible próximamente

Programa 3. Cadenas de valor industrial

Inversiones productivas para nuevas inversiones, ampliación de la capacidad industrial, diversificación o transformación de las industrias.
Apoyo para proyectos de nuevos procesos o productos y para el uso eficaz de los recursos.
Apoyo a adquisición de servicios de consultoría para refuerzo capacidades y especialización.
Mejora de la eficiencia energética en edificios industriales.
Mejora de eficiencia energética en los procesos e instalaciones industriales.
Energías renovables en los procesos e instalaciones industriales.
Implantación de tecnologías renovables próximas al mercado en la industria

Disponible

Programa 4. Minería sostenible

Inversiones productivas para nuevas inversiones, ampliación de la capacidad industrial, diversificación o transformación de las industrias de la cadena de valor o sector auxiliar de la minería.
Apoyo para proyectos de nuevos procesos o productos, y para el uso eficaz de los recursos.
Apoyo a adquisición de servicios de consultoría para refuerzo capacidades y especialización.
Mejora de la eficiencia energética en los procesos e instalaciones mineras.
Energías renovables en los procesos e instalaciones mineras.
Implantación de tecnologías renovables próximas al mercado en la minería.

Disponible próximamente

¿Te interesa alguna ayuda INCEA?

Si te interesa alguna de estas ayudas INCEA no dudes en contactar con nosotros y te ayudaremos a gestionarlo.

Ayudas Inea

¿Qué se incentiva?

Los proyectos o actuaciones que se incentiven se deberán encuadrar en alguna de los siguientes programas, que son comunes a ambas líneas:

Inea Logo

Programa I. Sector residencial y edificios e instalaciones públicas

Eficiencia energética en viviendas y edificios residenciales.
Eficiencia energética en edificios, instalaciones e infraestructuras públicas.
Energías renovables en viviendas y edificios residenciales privados.
Energías renovables en instalaciones e infraestructuras públicas y edificios no residenciales.

Disponible próximamente

Programa 2. Sector empresarial y cadena agroalimentaria

Eficiencia energética en edificios.
Energías renovables en edificios.
Eficiencia energética en los procesos e instalaciones.
Energías renovables en los procesos e instalaciones.

Disponible

Programa 3. Redes y sistemas inteligentes

Redes inteligentes y nuevos modelos de negocio de mercado energético.
Soluciones de almacenamiento de energía.
Infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos.

Disponible próximamente

Programa 4. Hogares vulnerables

Rehabilitación energética de viviendas.
Autoconsumo fotovoltaico con y sin almacenamiento.

Disponible próximamente
¿Te interesa alguna ayuda INEA?

Si te interesa alguna de estas ayudas INEA no dudes en contactar con nosotros y te ayudaremos a gestionarlo.

Ayudas Fiscales

Concretamente, la norma aprobada hoy extiende el periodo de aplicación de las siguientes tres deducciones hasta el 31 de diciembre de 2026:
Deducción del 20% por actuaciones que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual. Su periodo de aplicación finalizaba el 31 de diciembre de 2024 y se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026, debiendo tratarse de la vivienda habitual del contribuyente, o que esté destinada o vaya a destinarse al alquiler como vivienda habitual, y podrán acogerse las personas físicas que realicen actuaciones de rehabilitación y mejora en las que se obtenga una reducción de al menos un siete por ciento en la demanda de calefacción y refrigeración, según certificado de eficiencia energética de la vivienda. El porcentaje de deducción es de un 20% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 5.000 euros por vivienda.
Deducción del 40% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación energética alcanzando las letras «A» o «B» en vivienda habitual. Su periodo de aplicación finalizaba el 31 de diciembre de 2024 y se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026, debiendo tratarse igualmente de la vivienda habitual del contribuyente, o que esté destinada o vaya a destinarse al alquiler como vivienda habitual, y podrán acogerse las personas físicas que realicen actuaciones de rehabilitación o mejora en las que se reduzca al menos un 30 por ciento del consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través del certificado de eficiencia energética de la vivienda, o mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación. El porcentaje de deducción es de un 40% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 7.500 euros por vivienda.
Deducción del 60% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación alcanzando las letras «A» o «B» en edificios residenciales. Su periodo de aplicación finalizaba el 31 de diciembre de 2024 y se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026, debiendo tratarse de actuaciones de mejora que afecten al conjunto del edificio. Podrán acogerse las personas físicas en cuyo edificio se hayan realizado obras de mejora o rehabilitación en las que se obtenga una reducción de al menos un 30 por ciento del consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través del certificado de eficiencia energética del edificio, o mejora de la calificación energética del edificio para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación. El porcentaje de deducción es de un 60% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 15.000 euros por vivienda.

Si te interesa estas ayudas Fiscales no dudes en contactar con nosotros y te ayudaremos a gestionarlo.

Global y Efímero